jueves, 29 de mayo de 2008

Personas con vih/sida

Trato no discriminatorio por parte del personal de salud.
Efectiva confidencialidad en el manejo de la información.
Elementos de bioseguridad adecuados en los establecimientos sanitarios.
Cobertura integral y acceso universal a medicamentos ARV de calidad en servicios de medicina privada y obras sociales.
Educación sexual preventiva en las escuelas de todo el país.
Contra la discriminación laboral: no al examen pre-laboral compulsivo de vih/sida.
En lo social es discriminado cualquier tipo de discapacidad y en particular las personas con vih/sida.

No a la discriminación Tel. o800 999 2345
http://www.inadi.gov.ar/. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
Presidencia de la Nación

miércoles, 28 de mayo de 2008

Los derechos del Niño

Principio Nº 1. El niño disfrutará de todos los derechos enunciados en la Declaración y serán reconocidos a todos los niños sin excepción alguna, ni distinción o discriminación por motivos de Raza, Color, Sexo, Idioma, Religión, etc. Principio Nº 5. Aún cuando el niño tenga algún impedimento físico o mental, no deberá ser discriminado y debe recibir el Tratamiento, la Educación y el Cuidado Especial que requiera.
FUENTE: CIENCIAS SOCIALES 6
EDICIONES SANTILLANA S.A.
PUBLICACION Diciembre 1986, Bs. As. Argentina.

Derecho al Trabajo

En la Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 23, menciona: Toda persona tiene derecho sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual. Una existencia confortable a la dignidad humana cómo protección social. Art. 1. Los hombres nacen y permanecen libres e iguales en dignidad y derechos. Las distinciones sociales no pueden basarse más que en la utilidad común.
FUENTE: CIENCIAS SOCIALES 6
EDICIONES SANTILLANA S.A.
PUBLICACION DICIEMBRE 1986, Bs. As. Argentina.